Tesoreria de la seguridad social alcorcon
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Resolución de 23 de diciembre de 2009, de la Tesorería General de la Seguridad Social, por la que se modifica el ámbito territorial de las unidades de recaudación ejecutiva de la Seguridad Social en determinadas direcciones provinciales.
Título en idioma original: Resolución de 23 de diciembre de 2009, de la Tesorería General de la Seguridad Social, por la que se modifica el ámbito territorial de las unidades de recaudación ejecutiva de la Seguridad Social en determinadas direcciones provinciales.
La Resolución de 1 de diciembre de 1995, de la entonces Secretaría General de la Seguridad Social, determinó el ámbito territorial de las unidades de recaudación ejecutiva en las direcciones provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social. Esta resolución ha sido modificada posteriormente como consecuencia de las sucesivas ampliaciones en el número de dichas unidades, así como por necesidades de gestión, mediante las Resoluciones de 22 de julio de 1997, 10 de mayo de 2000, 21 de diciembre de 2000, 2005, 23 de febrero de 2007 y 27 de diciembre de 2007.
En este sentido, las necesidades de gestión de la Seguridad Social en forma de premio hacen conveniente, en este momento, modificar también la demarcación territorial de algunas unidades de recaudación ejecutiva dependientes de las direcciones provinciales de esta Tesorería General de Madrid y Santa Cruz de Tenerife, con el fin de lograr una mayor eficacia en el desempeño de las funciones que tienen atribuidas y un adecuado equilibrio de la carga asumida por cada una de ellas, lo que se lleva a cabo mediante la presente resolución.
El desglose de los ingresos relevantes del Club: a) Taquilla; b) Patrocinio y publicidad; c) Derechos de retransmisión; d) Actividades comerciales; e) Otros ingresos de explotación; f) Beneficios por enajenación de derechos federativos; g) Plusvalías por venta de inmovilizado; h) Ingresos financieros; i) Ingresos derivados de conceptos no monetarios; j) Operaciones de ingresos con partes vinculadas por encima de lo razonable; k) Ingresos por operaciones no relacionadas con el club; l) Tratamiento de ingresos y gastos derivados de reducciones por los concursos
razonables; h) Gastos en actividades de desarrollo de la cantera; i) Gastos en actividades de desarrollo de la comunidad; j) Débitos/cargos no monetarios; k) Gastos financieros directamente imputables a la construcción de inmuebles, instalaciones y equipos; l) Gastos de explotación no relacionados con el club
Los fondos fiduciarios de la Seguridad Social son cuentas financieras en el Tesoro de los Estados Unidos. Existen dos fondos fiduciarios de la Seguridad Social: el Fondo Fiduciario del Seguro de Vejez y Supervivencia (OASI), que paga las prestaciones de jubilación y supervivencia, y el Fondo Fiduciario del Seguro de Invalidez (DI), que paga las prestaciones de invalidez.
Los impuestos de la Seguridad Social y otros ingresos se depositan en estas cuentas, y las prestaciones de la Seguridad Social se pagan con ellas. Los únicos fines para los que pueden utilizarse estos fondos fiduciarios son el pago de las prestaciones y los costes administrativos del programa.
Los fondos fiduciarios de la Seguridad Social guardan el dinero que no se necesita en el año en curso para pagar las prestaciones y los costes administrativos y, por ley, lo invierten en bonos especiales del Tesoro que están garantizados por el Gobierno de los Estados Unidos. Los fondos fiduciarios reciben un tipo de interés de mercado por los bonos que poseen, y cuando esos bonos llegan a su vencimiento o se necesitan para pagar las prestaciones, el Tesoro los rescata.
Si está solicitando prestaciones de la Seguridad Social o de la Seguridad de Ingreso Suplementario, debe elegir recibir el pago de sus prestaciones electrónicamente cuando se inscriba. Si actualmente recibe las prestaciones de la Seguridad Social o de la Seguridad de Ingreso Suplementario por cheque, debe cambiar a una de las opciones de pago electrónico indicadas anteriormente.
Para obtener más información sobre cómo cambiar fácilmente de un cheque en papel a una opción de pago electrónico, visite el sitio web Go Direct del Tesoro o llame al Centro de Soluciones de Pago Electrónico del Tesoro al 1-800-333-1795. También puede crear una cuenta de mi Seguridad Social e iniciar o cambiar el Depósito Directo en línea.
En circunstancias extremadamente raras, la Tesorería puede conceder excepciones al mandato de pago electrónico. Para más información o para solicitar una exención, llame a la Tesorería al 855-290-1545. También puede imprimir y rellenar un formulario de exención y enviarlo a la dirección que figura en el formulario.